¿Cómo saberlo?
Hay signos físicos y
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emocionales: |
| Sangrado y cicatrices por el ano o la vagina, molestias al orinar, embarazos, heces verdosas, líquidos mal olientes por la vagina, dificultad para caminar o sentarse, dolor, hinchazón o picazón en su vagina o pene, enfermedades de transmisión sexual. |
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Pesadillas, no poder dormir bien, orinarse en la cama, chuparse el dedo, depresión, agresividad, intentos de suicidio, desconfianza, olvidos frecuentes, problemas escolares, hacer dibujos sexuales con frecuencia, causarse heridas en el cuerpo. |
Existe agresión sexual sin signos físicos como el sexo oral o tocamientos indebidos.
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¿Qué debe hacer ante una agresión sexual a su hijo, pariente o amigo?
Si el abuso fue reciente:
- No bañe, ni asee al niño o niña
- No lo cambie de ropa
- En la ropa puede haber semen del violador, GUARDELA
- Si está sangrando llévelo de inmediato a un hospital
- Vaya de inmediato a la Policía o Fiscalía a denunciar el delito
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¿Qué NO debe hacer al enterarse de que el niño (a) ha sido agredido sexualmente?
- No puede dejar de escuchar lo que dice su hijo (a)
- No piense que el niño (a) está mintiendo
- No puede dejar de denunciar el delito o será cómplice y encubridor
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¿Cómo puedo ayudar al menor abusado?
- Como padre, madre o pariente, deberá actuar con mucha PACIENCIA y AMOR.
- Muéstrele amistad, consuelo y comprensión.
- Permita que el menor abusado muestre sus sentimientos y diga lo que siente.
- Dígale que usted estará a su lado y lo defenderá.
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¿Quiénes pueden denunciar?
La denuncia puede ser hecha por: El padre, la madre, otro familiar, los vecinos, los profesores. Cualquier persona que conozca del abuso sexual del menor.
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¿Dónde y cómo debo denunciar?
- Puede ir a la Policía o la Fiscalía.
- No necesita que le acompañe un abogado para denunciar.
- Si en la comunidad no hay Policía, ni Fiscal, vaya a la más cercana. Las autoridades de la comunidad NO pueden juzgar estos delitos.
- No firme ningún documento sin antes haberlo leído bien.
- La denuncia debe ser hecha con la presencia de un fiscal. Sin la presencia del Fiscal, NO TIENE VALOR.
- Es obligatorio llevar su documento de identidad
- La denuncia puede ser escrita o verbal.
- Cuando le de a la Policía o Fiscal información sobre la agresión sexual al menor no olvide datos exactos como:
- fecha, hora y lugar donde fue agredido
- Cómo fue la agresión
- ¿El menor tiene moretones? ¿Golpes? ¿Otro daño en su cuerpo?
- Amenazas que hizo el agresor para que denuncie
- No firme ningún documento sin antes haberlo leído bien.
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Qué hará la Policía:
- Recibe la denuncia y comienza a investigar sobre la violación. Esto lo hace bajo la dirección de la Fiscalía.
- Como primer paso pedirán que la víctima sea revisada por el Médico Legista y evaluada psicológicamente por un Psicólogo.
- Luego tomarán la declaración del menor abusado y si el Fiscal considera que el delito cometido es grave, solicitará la detención preventiva del agresor. Esta detención será ordenada por el Juez a petición del Fiscal.
- Cuando el agresor sea detenido, la Policía / Fiscalía tomarán su declaración e irán a donde ocurrió la violación. A esto se llama “Inspección Técnico Policial”.
- La Policía puede tomar testimonios de testigos.
Qué hará la Fiscalía:
- La Fiscalía recibe el informe que la Policía redactó sobre la violación sexual al menor y luego de analizarlo hace lo que se conoce como “Formulación de denuncia”, y pide a un Juez Penal que siga con el caso.
- La Fiscalía también puede pedir más tiempo para investigar y realizar otras acciones para formular la denuncia ante el Juez Penal.
Qué hará la Corte de Justicia:
Al ser la víctima un menor de edad, el proceso será:
- Durante 4 a 6 meses, el Juez investigará sobre la violación. Para ello, entrevistará a la víctima, interrogará al agresor y a testigos, también irá al lugar donde fue el abuso sexual. A esto último se le llama “Inspección Judicial”.
- Al finalizar, el Juez como el Fiscal deben hacer un informe final sobre todo lo que se ha hecho en las investigaciones.
- Estos informes y todos los documentos del caso, son enviados a la Corte Superior de Justicia y al Fiscal Superior, quien solicitará la pena o cantidad de años que deberá estar preso el agresor.
- Después de esto se inicia el Juicio Oral, donde se interroga al agresor y al final se da su sentencia la cual puede ser culpable o inocente.
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¿Qué exámenes son obligatorios y gratuitos?
Hay dos exámenes obligatorios y GRATUITOS:
1.- Examen Médico Legista.- Le darán un documento donde la Policía o Fiscalía piden que el doctor revise el cuerpo del menor para confirmar si existe violación. Recuerde que el abuso sexual no sólo consiste en penetración por el ano y vagina, por lo que el informe solamente confirmará si estos han sido penetrados o no, o si existen golpes, moretones, signos de haberse defendido.
2.- Evaluación Psicológica.- En el documento encontrará el nombre de la institución o persona que le hará la prueba psicológica al menor. La evaluación psicológica es una prueba necesaria en el proceso legal. No deje de ir.
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¿Necesitaré un Abogado que defienda al menor en la Corte?
SI. Usted comienza ahora una carrera de paciencia y perseverancia. Busque un abogado con experiencia en defensa de estos casos, que trabaje para una organización de defensa de niños víctimas de abuso y que sea honesto. La obligación del abogado será:
- Representar al menor en el juicio
- Darle constantemente información de cómo va el caso en la Fiscalía, Policía y Corte.
- Acompañar al menor y a la familia en las diligencias del caso.
- Presentar los escritos de defensa y pruebas que sean necesarias
- Ganar el caso y conseguir una sentencia condenatoria para el agresor.
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¿Cómo podemos reconocer a un violador?
Los agresores sexuales no tienen aspectos físicos diferentes a otras personas. Sin embargo, una característica que tienen es no prestar atención alguna a los sentimientos de las otras personas. Dado que la agresión sexual es un acto de agresividad, poder y furia, la persona que es sexualmente violenta tiende a querer controlar a los demás. A menudo hace cosas destinadas a “probar” a alguien, a ver hasta dónde pueden llegar sin sufrir consecuencia alguna. Si bien no todas las personas que tienen esta conducta son violadores, si conoce a alguien que actúa de esta manera, tenga precaución y evítela. Ellos suelen:
- No escuchar lo que dice la persona y no se detienen cuando le piden que lo haga.
- Habla del cuerpo de la persona y lo mira de una manera que hace sentir incómoda a una mujer.
- Insulta
- Bloquea el paso a alguien o sigue a la persona.
- Toca a alguien en lugares íntimos sin su permiso.
- Trata de dar caramelos o drogas a los niños.
- No respeta los sentimientos de su familia, ni los límites de la relación.
- No deja de estimular sexualmente a alguien a pesar que la persona le pide parar.
- Da muestras de disfrutar la incomodidad de alguien.
- Le falta el respeto a las mujeres y las niñas y las trata como objetos sexuales.
- Hace comentarios o chistes degradantes sobre las mujeres.
- Se concentra solamente en el cuerpo de las mujeres y las niñas, sin tratarlas como personas.
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Preguntas y respuestas frecuentes de delitos de violación sexual.
¿La violación sexual es un delito que puedo tranzarlo económicamente?
No. No se puede ni tranzar ni conciliar, es prohibido por la ley. Si conoces de una agresión sexual debes denunciarla de inmediato, pues también podrías ser considerado (a) como cómplice o encubridor.
¿Dónde conseguir un abogado defensor que sea gratuito?
Hay instituciones públicas y privadas que te pueden defender. Busca nuestro links de instituciones que pueden apoyar.
¿Cuánto demora un juicio por violación sexual?
Todo depende de la edad de la víctima, pues si es menor de edad el proceso será en la Corte Superior mediante Juicio Oral. Los Juicios sumarios, utilizados para mujeres víctimas mayores de edad suelen ser más rápidos. Realmente no número exacto de meses, ni años. Por experiencia institucional, algunos juicios podrían demorar varios años.
¿Cómo son las audiencias de la Corte? ¿Mi hijo, hija o pariente deberá recordar todo otra vez?
Existen algunas audiencias y diligencias en las que son necesarias la presencia de la víctima y deberá ser acompañada (o) por su Abogado Defensor. La víctima menor de 14 años no está obligada a participar de diligencias que van a dañar su estado emocional, como la confrontación con su agresor, o con testigos, ni tampoco será necesario una nueva evaluación médica si ya se ha realizado al inicio. En el juicio oral tampoco será necesaria la concurrencia de la víctima.
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