GUARDA PRUEBAS PARA DENUNCIAR
Si la violencia ha sido hace pocos momentos o días:
- Habla con un familiar y busca estar acompañada.
- Ve a la Posta más cercana y pide que un médico o enfermera te examine. Exige que te den un certificado de los golpes y moretones que encontraron en tus piernas, brazos, cara, etc.
- Guarda las pruebas del maltrato: ropa cortada o rasgada, el cuchillo o arma con la que te amenazó, fotografías de las heridas, la declaración escrita de un testigo que vio o escuchó el maltratado, denuncias anteriores de maltrato.
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COMO HACER LA DENUNCIA
¡Tomaste la decisión correcta!
- Puedes ir a la Policía o Fiscalía. Cualquier de los dos lugares está bien.
- Es obligatorio llevar tu documento de identidad.
- Para denunciar no necesitas ir con un abogado.
- La denuncia puede ser escrita o verbal por ti o por cualquier otra persona que conozca que te agredieron.
- Cuando le digas al Policía o Fiscal sobre lo que te sucedió, no olvides dar datos exactos como:
- fecha, hora y lugar donde fuiste agredida;
- en qué parte del cuerpo te golpeó; ¿con que te golpeó; ¿hubo alguna arma?;
- ¿Tienes moretones? ¿Golpes? ¿Otro daño en tu cuerpo?
- Cualquier ayuda que recibiste durante o después del maltrato.
- Amenazas que te hicieron para que no denuncies.
- Daños a tu vivienda.
- historias de golpes y atenciones médicas anteriores, denuncias en la Policía.
- Antes de firmar el documento de la denuncia, verifica si han escrito todo lo que dijiste. Si no es así, puedes exigir que lo escriban.
- Al finalizar la denuncia, el Policía o Fiscal te dará una orden para lo siguiente:
- Examen del Médico Legista.- Es un examen especial donde el doctor verá los golpes y moretones que tienes. Este examen es gratuito y NO ES HECHO POR POLICIAS O FISCALES, SINO POR MEDICOS ESPECIALIZADOS.
- Examen psicológico.- La / el Psicólogo te entrevistará y redactará un informe sobre cómo estas emocionalmente como consecuencia de la violencia. Este examen es gratuito.
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MEDIDA DE PROTECCION INMEDIATA. ¿CÓMO OBTENERLA?
La Medida de Protección inmediata es una orden firmada por el Fiscal para protegerte y darte seguridad a ti y tu familia. El Fiscal puede decir que tu pareja salga de la casa. Tu o tus familiares pueden tramitar la “Medida de Protección Inmediata” después de haber hecho la denuncia. No necesitas a un abogado para esto. En la web te damos ejemplos de cómo hacer este documento,
Cuando tengas el documento, sácale varias copias y siempre anda con él. Si tu pareja no obedece la orden del Fiscal, puedes llamar a la Policía y enseñarles tu “Medida de Protección Inmediata”. La policía tiene la obligación de hacer cumplir esa orden.
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DESPUES DE TU DENUNCIA…….. ¿CUÁLES SON LAS RESPONSABILIDADES DE LA POLICIA, FISCALIA Y JUZGADO?
Cuando la denuncia es en la Policía Nacional, ellos deben:
- Recibir tu denuncia
- Investigar lo que has denunciado
- Darte protección
- Elaborar el “atestado” (documento sobre tu denuncia y lo que la policía ha investigado) y mandarlo al Fiscal de Familia.
- Si la Policía sabe que estas en peligro, puede encarcelar hasta por 24 horas a quien te hizo daño.
Cuando la denuncia es en la Fiscalía, ellos deben:
- Ordenar que tu pareja se vaya de la casa.
- Presentar una demanda por violencia familiar ante el Juez de Familia y/o Juez Especializado en lo Penal y solicitar que adopte medidas de seguridad.
- Ordenar el inventario de los bienes (si son convivientes o esposos).
Las responsabilidades del Juez
- Tramitar la demanda de violencia presentar.
- Conocer las acciones que hace el Fiscal antes del inicio del trámite.
- Ordenar en la sentencia medidas de protección a tu favor.
- Ordenar el tratamiento psicológico que deben recibir la víctima, su familia y el propio agresor.
- Ordenar un monto a pagarse a favor de la víctima, para reparar el daño.
- Ordenar pensión alimenticia para la víctima cuando ha sido solicitada.
- Ordenar el cumplimiento de las medidas de protección a fin de proteger a la víctima.
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¿COMO SON LAS AUDIENCIAS EN LOS JUZGADOS?
Dentro del desarrollo del proceso el Juzgado Especializado de Familia establece la realización de una Audiencia Única, a la que tendrán que asistir la víctima, el agresor, y los abogados defensores de ambas partes, bajo la dirección del Juez, sin embargo si no concurre el agresor, podrá realizarse únicamente con la presencia de la víctima; en esa audiencia las partes indicarán la versión de cada uno sobre el problema de violencia, y el Juzgado les propondrá una solución, de no ser aceptada por las partes, se procede a ingresar el expediente al Despacho del Juez para que luego de 10 días emita la Sentencia.
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CONSEJOS PRACTICOS PARA TU SEGURIDAD
- Ten a mano información de dónde encontrar ayuda: números telefónicos de la Policía, Fiscalía, familiares y amigos cercanos.
- Ten listo una bolsa o maleta con documentos importantes: Originales de DNI o copias, partidas de nacimiento tuyas y de tus hijos, partidas de matrimonio, certificados médicos anteriores, denuncias anteriores de violencia, certificados de estudios, etc.
- Has que tus hijos aprendan a pedir ayuda a familiares, vecinos o a la Policía.
- Averigua direcciones de casas refugio y tenlas a mano. Te recomendamos una que te dará refugio temporal. Llama al 062 - 519913.
- No huyas sin tus hijos. Planifica cómo escapar con ellos.
- Esconde en casa de tus amigos o familia, una bolsa de ropa y cosas que necesitarás si huyes.
- Dile a tu familia y amigos de confianza lo que vives. No calles. No estás sola.
- Planifica cómo escapar juntamente con tus hijos.
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COMO SOBREVIVIR A UN ATAQUE VIOLENTO.
Una vez que se da un acto de violencia entre una pareja, estos se repetirán una y otra vez, a pesar que el hombre siempre pedirá perdón y dirá que “no lo volverá a hacer”. De hecho, tiende a hacerse más severa y frecuente con el tiempo. Por lo tanto es sumamente importante que pienses de antemano qué hacer ante un nuevo ataque.
ANTES DE UN ATAQUE VIOLENTO
- Has contacto con las instituciones o amigos que te pueden ayudar la próxima vez que tu pareja se ponga violento.
- Ten a mano las direcciones de: Las direcciones de Casas Refugios, dinero ahorrado, ropa y otros artículos importantes tuyos y de tus hijos.
DURANTE UN ATAQUE DE VIOLENCIA
- Defiéndete y protégete. Pide auxilio, grita fuerte y continuamente. No tienes razón para sentir vergüenza. EL SI.
- Durante la agresión no corras hacia donde están los niños, ya que puede agredirlos a ellos también.
- Escapa. Si puedes hacerlo escapa. Anda a casa de algún pariente, amigo o a un Refugio Transitorio para las víctimas.
- Denuncia el ataque ante la Policía y a la Fiscalía.
DESPUES DE UN ATAQUE
- Ve al Hospital.- Explica a los doctores y/o enfermeras lo que te pasó y exige que te den un Certificado de las marcas, moretones y lesiones que tenías en el cuerpo. Lo ideal es contar también con fotografías de las agresiones sufridas.
- Guarda las pruebas del maltrato. Los documentos que acreditan el maltrato debe guardarlos: fotografías de las heridas con la fecha marcada, certificados médicos, cargo de denuncias, ropa rasgada, cualquier arma utilizada, la declaración de un testigo.
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PREGUNTAS Y RESPUESTAS MAS FRECUENTES SOBRE LOS PROCESOS DE VIOLENCIA FAMILIAR
1.- ¿Cuál es la ley que protege frente a la violencia familiar?
Es la Ley 26260 que protege a la mujer frente a la violencia familiar.
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2.- ¿Me han dicho que cuando se pone una denuncia por violencia familiar algunos Policías no quiere hacer caso y dice a las mujeres “qué le habrás hecho a tu marido para que te trate así”?
El artículo 6 de la ley 26260 dice claramente que podemos ir a la Policía o a la Fiscalía para denunciar violencia familiar y que ellos serán los encargados de investigar los hechos hasta su culminación. La ley también dice que la Policía y la Fiscalía nos darán las garantías para resguardar nuestra integridad. Por lo tanto si vemos que no están cumpliendo lo que dice la ley, hay que hablar con el Jefe de la Policía o el Fiscal para exigir que hagan su trabajo. Si en tu comunidad no existe Policía o Fiscalía, entonces debes ir al Juez de Paz no Letrado, al teniente Gobernador o acudir a la comunidad más próxima y que cuente con una oficina del Ministerio Público (Fiscalía).
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3.- ¿Pero la Policía puede entrar a la casa del agresor y sacarlo de la casa?
Si puede. Dice la ley en su artículo 7, que si existe peligro grave, la Policía Nacional tiene disposición de entrar a la casa del agresor, detenerlo por hasta 24 horas e investigar los hechos. De igual manera, puede obligar al agresor a ir a la delegación policial.
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4.- ¿Pero, si veo que están agrediendo a alguien que no es de mi familia, supongo que yo no puedo denunciar?
Claro que puedes, pues la violencia familiar es un delito de acción pública. La denuncia la podemos hacer todas y todos ahora. Es más, si sabemos que alguien sufre violencia familiar y callamos, la ley dice ahora que podemos ser comprendidas en el proceso como encubridoras, lo cual también tiene una sanción.
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5.- ¿Existe conciliación por violencia familiar?
No, no existe. Lo dice la ley 27982. Anteriormente la ley decía que se podía conciliar, sin embargo la ley cambió. La Conciliación en violencia familiar es ilegal, quién lo haga puede ser sancionado. Algunas personas quieren conciliar fuera de la ley haciendo pagos indebidos o transando con alimentos. Esto no es posible, recordemos que nuestra dignidad y nuestro cuerpo tiene valor y no puede ser comprado con nada.
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6.- ¿He visto el caso de una señora que el esposo la golpeó tanto que estuvo hospitalizada y casi muere, sin embargo el agresor sigue viviendo en casa de ella?
Quizá es por desconocimiento o por no exigir sus derechos, pues la Ley en su artículo 10, dice que los que sufren violencia tienen derecho a medidas de protección cuando la víctima lo exige a la Fiscalía. Esas medidas son: retiro del agresor del domicilio; impedimento de acoso a la víctima; suspensión temporal de visitas; inventarios sobre sus bienes y otras medidas que garanticen la integridad física, psíquica y moral de la víctima.
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7.- ¿Pero ya no existe confianza en la justicia, además que esos procesos son muy largos y no tenemos tiempo ni dinero para pagar abogados que nos defiendan?
Fíjate que los procesos por violencia familiar son los más rápidos. Duran alrededor de 6 meses y culminan con una sentencia. Antes la ley exigía que un abogado nos acompañe desde el principio, cuando hacíamos la denuncia, ahora ya no. El abogado nos debe acompañar solamente cuando nuestra denuncia ya está donde el Juez. Hay algunas instituciones como Paz y Esperanza y el Centro Emergencia Mujer que te pueden ayudar asumiendo tu defensa gratuitamente.
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8.- ¿Pero he escuchado que cuando se hace una denuncia de violencia familiar, la mujer debe ir a un doctor, es eso cierto?
Si, se llama el Médico Legista, quién confirma que tenemos heridas, golpes, moretones, etc. Si en nuestra comunidad no existe, entonces podemos ir a la posta médica. El doctor, enfermera o quién nos ha atendido debe levantar un acta que confirme que tenemos heridas, golpes, moretones, etc, pues eso nos ayudará a ratificar que ha existido violencia familiar. Muchas veces vamos al doctor muchos días después de la agresión y dejamos pasar las marcas de la violencia, no habiendo entonces confirmación de que existió.
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9.- ¿Pero si lo denuncio él no va a pasar alimentos para mis hijos. Por amor a ellos es mejor que aguantemos, sino, quién les dará?
Bueno, de acuerdo a la ley el agresor tiene la obligación de seguir mantenimiento económicamente a sus hijos, por lo que puedes de inmediato poner una denuncia por alimentos si él no cumple o solicitarlo como media de protección dentro del mismo proceso de violencia familiar. Además, si bien es cierto el padre tiene la obligación de dar para sus hijos, nosotras también tenemos manos, pies y podemos trabajar.
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